EL PURGATORIO O PURIFICACIÓN FINAL
PLANTEAMIENTO
- El Purgatorio es una realidad contenida en la verdad sobre “La Vida Eterna”
- Cuando alguien muere sin perder la amistad con Dios, pero sin purificarse totalmente de la pena temporal, no puede entrar al Cielo inmediatamente.
- Existe comunión entre la Iglesia militante, purgante y triunfante.
- La comunión eclesial está íntimamente vinculada con la virtud teologal de la esperanza, que nos invita a ofrecer sufragios por los difuntos.
OBJECIONES
PROTESTANTES
- En la Biblia no aparece el término “Purgatorio”.
- Martín Lutero negaba la purificación personal pues así se negaría la eficacia de la expiación universal de la muerte de Cristo.
RESPUESTAS CATÓLICAS
Sí existe una alusión a la purificación
de los difuntos en 2M, pero los protestantes niegan la canonicidad de este
Libro.
La opinión de Martín Lutero fue refutada
por el Concilio de Trento, teniendo como fundamento la S. E. y la Patrística
(DS 1820). La pena temporal se debe purificar en esta vida o en el Purgatorio
antes de gozar de la visión beatífica.
TEXTOS
BÍBLICOS EMPLEADOS EN EL CEC
(El p. A.
Guevara coincide con 2M 12,46; Mt 12,31; después aporta argumentos de conveniencia).
38 Luego Judas reunió al
ejército y se dirigió hacia la ciudad de Odolám. Como estaba ya próximo el
séptimo día de la semana, se purificaron con los ritos de costumbre y
celebraron el sábado en aquel lugar. 39 Los hombres de Judas
fueron al día siguiente –dado que el tiempo urgía– a recoger los cadáveres de
los caídos para sepultarlos con sus parientes, en los sepulcros familiares. 40 Entonces encontraron
debajo de las túnicas de cada uno de los muertos objetos consagrados a los
ídolos de Iamnia, que la Ley prohibe tener a los judíos. Así se puso en
evidencia para todos que esa era la causa por la que habían caído. 41 Todos bendijeron el
proceder del Señor, el justo Juez, que pone de manifiesto las cosas ocultas, 42 e hicieron rogativas
pidiendo que el pecado cometido quedara completamente borrado. El noble Judas
exhortó a la multitud a que se abstuvieran del pecado, ya que ellos habían
visto con sus propios ojos lo que había sucedido a los caídos en el combate a
causa de su pecado. 43 Y después de haber recolectado entre sus
hombres unas dos mil dracmas, las envió a Jerusalén para que se ofreciera un
sacrificio por el pecado. Él realizó
este hermoso y noble gesto con el pensamiento puesto en la resurrección, 44 porque si no hubiera
esperado que los caídos en la batalla iban a resucitar, habría sido inútil y
superfluo orar por los difuntos. 45 Además, él tenía presente
la magnífica recompensa que está reservada a los que mueren piadosamente, y
este es un pensamiento santo y piadoso. 46 Por eso, mandó ofrecer el sacrificio de expiación por los muertos, para
que fueran librados de sus pecados (2M 12,38-46)
10 Según la gracia que Dios me ha dado, yo puse
los cimientos como lo hace un buen arquitecto, y otro edifica encima. Que cada
cual se fije bien de qué manera construye. 11 El fundamento ya está puesto y nadie puede
poner otro, porque el fundamento es Jesucristo. 12 Sobre él se puede edificar con oro, plata,
piedras preciosas, madera, pasto o paja: 13 la obra
de cada uno aparecerá tal como es, porque el día del Juicio, que se revelará
por medio del fuego, la pondrá de manifiesto; y el fuego probará la calidad de
la obra de cada uno. 14 Si la obra construida sobre el fundamento
resiste la prueba, el que la hizo recibirá la recompensa; 15 si la
obra es consumida, se perderá. Sin embargo, su autor se salvará, como quien se
libra del fuego.
16 ¿No saben que ustedes son
templo de Dios y que el Espíritu de Dios habita en ustedes? 17 Si alguno destruye el
templo de Dios, Dios lo destruirá a él. Porque el templo de Dios es sagrado, y
ustedes son ese templo (1Co 3,10-17)
3 Bendito sea Dios, el
Padre de nuestro Señor Jesucristo, que en su gran misericordia, nos hizo
renacer, por la resurrección de Jesucristo, a una esperanza viva, 4 a una herencia
incorruptible, incontaminada e imperecedera, que ustedes tienen reservada en el
cielo. 5 Porque gracias a la fe,
el poder de Dios los conserva para la salvación dispuesta a ser revelada en el
momento final. 6 Por eso, ustedes se regocijan a pesar de las
diversas pruebas que deben sufrir momentáneamente: 7 así, la fe de ustedes, una vez puesta a prueba, será mucho más valiosa que
el oro perecedero purificado por el fuego, y se convertirá en motivo de
alabanza, de gloria y de honor el día de la Revelación de Jesucristo. 8 Porque ustedes lo aman
sin haberlo visto, y creyendo en él sin verlo todavía, se alegran con un gozo
indecible y lleno de gloria, 9 seguros de alcanzar el término de esa fe, que
es la salvación (1P 1,3-9)
30 El que no está conmigo,
está contra mí; y el que no recoge conmigo, desparrama. 31 Por eso les digo que todo
pecado o blasfemia se les perdonará a los hombres, pero la blasfemia contra el
Espíritu no será perdonada. 32 Al que diga una palabra contra el Hijo del
hombre, se le perdonará; pero al que hable contra el Espíritu Santo, no se le perdonará ni en este mundo ni en
el futuro (Mt 12,30-32).
Expresiones
empleadas para aludir a los sufragios: una colecta, oraciones, sacrificio de
expiación. El contexto del libro de 2M plantea la creencia en la resurrección
de los muertos, lo que le da sentido a los sufragios.
Hay
pecados que se perdonan en el mundo futuro, después de la muerte, para los que
mueren piadosamente. La blasfemia contra el Espíritu Santo no se perdona ni en
el presente ni el mundo futuro.
Mientras
vivimos en el presente las pruebas sufridas purifican al creyente como el oro
se purifica en el fuego, sostenido por la esperanza de alcanzar la salvación.
En
el Juicio nuestras obras se probarán con el fuego, levantadas sobre el
fundamento que es Cristo. Es un fuego que prueba la comunión de nuestro obrar
con la voluntad de Dios.
HERMENÉUTICA
DE LA FE
Sobre 2M 12,46
“Esta
grandiosa y penetrante visión profética se refiere a la restauración mesiánica
de Israel tras el exilio, anunciada por Dios después del largo sufrimiento (cf.
Ez 37,11-14). Es el mismo anuncio de continuación y de nueva vida dado
por Oseas (cf. 6, 2; 13, 14) y por Isaías (26, 19). Pero el simbolismo usado
por el profeta infundía en el alma de Israel la aspiración hacia la idea de una resurrección individual, tal vez ya
entrevista por Job (cf. 19, 25). Esa
idea habría madurado sucesivamente, como lo atestiguan otros pasos del
Antiguo Testamento (cf. Dn 12,2 2M 7,9-14 2M 7,23-36 2M 12,43-46)
y del Nuevo (Mt 22,29-32 1Co 15). Pero en aquella idea estaba la
preparación para el concepto de la “vida nueva”, que se revelará en la
resurrección de Cristo y por obra del Espíritu Santo descenderá sobre los que
creerán. Por lo tanto, también en el texto de Ezequiel podemos leer,
nosotros los creyentes en Cristo, una cierta analogía pascual” (San Juan Pablo II,
audiencias 1989).
La Iglesia de los viadores, teniendo perfecta conciencia de la
comunión que reina en todo el Cuerpo místico de Jesucristo, ya desde los primeros
tiempos de la religión cristiana guardó con gran piedad la memoria de los
difuntos [152] y ofreció sufragios
por ellos, «porque santo y saludable es el pensamiento de orar por los
difuntos para que queden libres de sus pecados» (2M 12,46). Siempre
creyó la Iglesia que los Apóstoles y mártires de Cristo, por haber dado el
supremo testimonio de fe y de caridad con el derramamiento de su sangre, nos están
más íntimamente unidos en Cristo; les profesó especial veneración junto con la
Bienaventurada Virgen y los santos ángeles [153] e imploró piadosamente el
auxilio de su intercesión. A éstos pronto fueron agregados también quienes
habían imitado más de cerca la virginidad y pobreza de Cristo [154] y,
finalmente, todos los demás, cuyo preclaro ejercicio de virtudes cristianas
[155] y cuyos carismas divinos los hacían recomendables a la piadosa devoción e
imitación de los fieles (LG 50).
Sobre
este punto hay que mencionar aún un aspecto, porque es importante para la
praxis de la esperanza cristiana. El
judaísmo antiguo piensa también que se puede ayudar a los difuntos en su
condición intermedia por medio de la oración (cf. por ejemplo 2M
12,38-45: siglo I a. C.). La
respectiva praxis ha sido adoptada por los cristianos con mucha naturalidad y
es común tanto en la Iglesia oriental como en la occidental. El Oriente no
conoce un sufrimiento purificador y expiatorio de las almas en el « más allá »,
pero conoce ciertamente diversos grados de bienaventuranza, como también de
padecimiento en la condición intermedia. Sin embargo, se puede dar a las almas de los difuntos « consuelo y alivio » por
medio de la Eucaristía, la oración y
la limosna. Que el amor pueda llegar hasta el más allá, que sea posible un
recíproco dar y recibir, en el que estamos unidos unos con otros con vínculos
de afecto más allá del confín de la muerte, ha sido una convicción
fundamental del cristianismo de todos los siglos y sigue siendo también hoy una
experiencia consoladora. ¿Quién no siente la necesidad de hacer llegar a los
propios seres queridos que ya se fueron un signo de bondad, de gratitud o
también de petición de perdón? Ahora nos podríamos hacer una pregunta más: si
el « purgatorio » es simplemente el ser purificado mediante el fuego en el
encuentro con el Señor, Juez y Salvador, ¿cómo puede intervenir una tercera
persona, por más que sea cercana a la otra? Cuando planteamos una cuestión similar, deberíamos darnos cuenta que
ningún ser humano es una mónada cerrada en sí misma. Nuestras existencias están
en profunda comunión entre sí, entrelazadas unas con otras a través de
múltiples interacciones. Nadie vive solo. Ninguno peca solo. Nadie se salva
solo. En mi vida entra continuamente la de los otros: en lo que pienso,
digo, me ocupo o hago. Y viceversa, mi
vida entra en la vida de los demás, tanto en el bien como en el mal. Así, mi intercesión en modo alguno es algo ajeno
para el otro, algo externo, ni siquiera después de la muerte. En el
entramado del ser, mi gratitud para con él, mi oración por él, puede significar
una pequeña etapa de su purificación. Y con esto no es necesario convertir el
tiempo terrenal en el tiempo de Dios: en
la comunión de las almas queda superado el simple tiempo terrenal. Nunca es
demasiado tarde para tocar el corazón del otro y nunca es inútil. Así se aclara
aún más un elemento importante del concepto cristiano de esperanza. Nuestra
esperanza es siempre y esencialmente también esperanza para los otros; sólo así
es realmente esperanza también para mí. Como cristianos, nunca deberíamos
preguntarnos solamente: ¿Cómo puedo salvarme yo mismo? Deberíamos preguntarnos
también: ¿Qué puedo hacer para que otros se salven y para que surja también
para ellos la estrella de la esperanza? Entonces habré hecho el máximo también
por mi salvación personal (SS 48).
DS 856 Y si verdaderamente arrepentidos murieren en
caridad antes de haber satisfecho con frutos dignos de penitencia por sus
comisiones y omisiones, sus almas son purificadas después de la muerte con
penas purgatorias o catarterias, como nos lo ha explicado Fray Juan (1); y
para alivio de esas penas les aprovechan los sufragios, de los fieles vivos, a saber, los sacrificios de las misas, las oraciones y limosnas, y otros
oficios de piedad, que, según las instituciones de la Iglesia, unos fieles
acostumbran hacer en favor de otros.
Hermenéutica de la fe sobre 2M 12,46:
En el s. II A. C. ya percibimos una idea
de la resurrección individual, que posteriormente maduraría, como se atestigua
tanto en el AT como en el NT. En la idea de la resurrección individual, poco a
poco madurada en el AT, se prepara la concepción de una vida nueva, revelada en
Cristo. El judaísmo antiguo ofrecía la oración, la limosna y los sacrificios
como sufragios por los difuntos.
Esta praxis judía fue adoptada tanto por
la Iglesia oriental como occidental. Aunque la Iglesia oriental no hable de
Purgatorio al mismo tiempo que la Iglesia Occidental, sin embargo, habla de
diversos grados de bienaventuranza y de padecimientos intermedios antes de la
visión beatífica que se alivian con sufragios.
El amor y la comunión con los difuntos llega
al más allá, por medio de la Eucaristía, la oración y la limosna en su favor.
Simultáneamente, por ésta profunda comunión, los que aún peregrinamos somos
conscientes que también recibimos otros bienes de los difuntos, pues nadie se
salva solo.
La comunión eclesial me permite saber
que mi intercesión traspasa el tiempo, llega al mundo futuro. La Iglesia
peregrinante en virtud de la comunión de los santos, ofreció desde el
cristianismo naciente sufragios por los difuntos. Estos vínculos de comunión
conectan con el concepto cristiano de esperanza.
Las
comisiones y omisiones insatisfechas en esta vida, conducen a padecer penas
purgatorias o catarterias. Estas penas se alivian con sufragios: el sacrificio
de la misa, oraciones, limosnas y otros actos de piedad.
PATRÍSTICA
- Año 211. Tertuliano: "Nosotros ofrecemos sacrificios por los muertos..."
- Año 307. Lactancio: "El justo cuyos pecados permanecieron será atraído por el fuego (purificación)..."
- Año 386. Juan Crisóstomo: "No debemos dudar que nuestras ofrendas por los muertos les lleven un cierto consuelo...".
- Año 580. Gregorio Magno: "Respecto a ciertas faltas ligeras, es necesario creer que, antes del juicio, existe un fuego purificador...". (Cfr. Martín Zavala)
Los Santos Padres que hacen alusiones a
los sufragios por los difuntos son Tertuliano (año 211), San Juan Crisóstomo
(año 388).
San Gregorio Magno (año 580) y Lactancio
(año 307) hablan de un fuego purificador respecto a los pecados veniales.
I
Concilio de Lyon (año 1245)
Finalmente,
afirmando la Verdad en el Evangelio que si alguno dijere blasfemia contra el
Espíritu Santo, no se le perdonará ni en este mundo ni el futuro (+Mt 12,32),
por lo que se da a entender que unas
culpas se perdonan en el siglo presente y otras en el futuro, y como quiera
que también dice el Apóstol que el fuego probará cómo sea la obra de cada uno;
y: Aquel cuya obra ardiere sufrirá daño; él, empero, se salvará; pero como
quien pasa por el fuego (+1Co 3,13 3,15); y como los mismos griegos se dice que creen y afirman verdadera e
indubitablemente que las almas de aquellos que mueren, recibida la penitencia,
pero sin cumplirla; o sin pecado mortal, pero sí veniales y menudos, son
purificados después de la muerte y pueden ser ayudados por los sufragios de la
Iglesia; puesto que dicen que el lugar de esta purgación no les ha sido
indicado por sus doctores con nombre cierto y propio, nosotros que, de acuerdo con las tradiciones y autoridades de los
Santos Padres lo llamamos purgatorio, queremos que en adelante se llame con
este nombre también entre ellos. Porque con aquel fuego transitorio se purgan
ciertamente los pecados, no los criminales o capitales, que no hubieren antes
sido perdonados por la penitencia, sino los pequeños y menudos, que aun después
de la muerte pesan, si bien fueron perdonados en vida.
II Concilio
de Lyon
(Año 1274: Profesión de fe de Miguel Paléologo)
DS 856 Y si verdaderamente arrepentidos murieren en
caridad antes de haber satisfecho con frutos dignos de penitencia por sus
comisiones y omisiones, sus almas son purificadas después de la muerte con
penas purgatorias o catarterias, como nos lo ha explicado Fray Juan (1); y
para alivio de esas penas les aprovechan los sufragios, de los fieles vivos, a
saber, los sacrificios de las misas, las oraciones y limosnas, y otros oficios
de piedad, que, según las instituciones de la Iglesia, unos fieles acostumbran
hacer en favor de otros.
Concilio
de Florencia
(6 de julio de 1439: Decreto para los griegos)
DS 1304 Dz
693 [Sobre los novísimos (2)] Asimismo, si los verdaderos penitentes salieren
de este mundo antes de haber satisfecho
con frutos dignos de penitencia por lo cometido y omitido, sus almas son
purgadas con penas purificatorias después de la muerte, y para ser aliviadas de
esas penas, les aprovechan los sufragios de los fieles vivos, tales como el
sacrificio de la misa, oraciones y limosnas, y otros oficios de piedad, que los
fieles acostumbran practicar por los otros fieles, según las instituciones de
la Iglesia.
Concilio de Trento
(13 enero
de 1547: cánones sobre la justificación)
DS
1580 Dz 840 Can. 30. Si alguno dijere que después de recibida la gracia
de la justificación, de tal manera se le
perdona la culpa y se le borra el reato de la pena eterna a cualquier pecador
arrepentido, que no queda reato alguno de pena temporal que haya de pagarse o
en este mundo o en el otro en el purgatorio, antes de que pueda abrirse la
entrada en el reino de los cielos, sea anatema.
(3
y 4 de diciembre de 1563: Decreto sobre el Purgatorio)
DS
1820 Dz 983 Puesto que la Iglesia Católica, ilustrada por el Espíritu
Santo apoyada en las Sagradas Letras y en la antigua tradición de los Padres ha
enseñado en los sagrados Concilios y últimamente en este ecuménico Concilio que
existe el purgatorio [v. 840] y que las almas allí detenidas son ayudadas por
los sufragios de los fieles y particularmente por el aceptable sacrificio del
altar [v. 940 y 950]; manda el santo Concilio a los obispos que
diligentemente se esfuercen para que la sana doctrina sobre el purgatorio,
enseñada por los santos Padres y sagrados Concilios sea creída, mantenida,
enseñada y en todas partes predicada por los fieles de Cristo. Delante, empero,
del pueblo rudo, exclúyanse de las predicaciones populares las cuestiones
demasiado difíciles y sutiles, y las que no contribuyen a la edificación (cf. 1Tm
1,4) y de las que la mayor parte de las veces no se sigue acrecentamiento
alguno de piedad. Igualmente no permitan que sean divulgadas y tratadas las
materias inciertas y que tienen apariencia de falsedad.
Aquellas,
empero, que tocan a cierta curiosidad y superstición, o saben a torpe lucro,
prohíbanlas como escándalos y piedras de tropiezo para los fieles...
El Papa
Juan Pablo II comenta al respecto: Hay
que eliminar todo vestigio de apego al mal y corregir toda imperfección del
alma. La purificación debe ser completa, y precisamente esto es lo que
enseña la doctrina de la Iglesia sobre el purgatorio. Este término no indica un lugar, sino una condición de vida. Quienes después
de la muerte viven en un estado de purificación ya están en el amor de Cristo, que los libera de los residuos de la
imperfección (cf. concilio ecuménico de Florencia, Decretum pro Graecis:
DS 1304 concilio ecuménico de Trento, Decretum de iustificatione
y Decretum de purgatorio: ib., 1580 y 1820) (Audiencias 1999).
A
partir del año 1245 en el I Concilio de Lyon se llamó Purgatorio a la
purificación de los pecados veniales. El año 1274 en el II Concilio de Lyon se
habló de la purificación de aquellos que mueren en amistad con Dios pero con
reliquias de la pena temporal, aunque no se mencione expresamente el nombre de pena
temporal. Esto fue confirmado en el Concilio de Florencia en el año 1439,
especificando los sufragios de la Misa, oraciones, limosnas y otros oficios de
piedad, sugeridos ya desde el II Concilio de Lyon.
El
Concilio de Trento, entre los años 1547-1563, también sostuvo las afirmaciones
Magisteriales anteriores, especificando lo de la pena temporal, pero sobre todo
define el 4 de diciembre de 1563 la doctrina sobre el Purgatorio. Trento
reitera que se ofrezcan sufragios por los difuntos, subrayando el sacrifico
eucarístico.
El
Purgatorio, como estado de vida del mundo o siglo futuro, elimina cualquier
vestigio de inclinación al mal y corrige cualquier imperfección del alma; por
esto la purificación tiene que ser completa antes de gozar de la visión
beatífica.
Es
evidente que tres siglos antes de Martín Lutero, la Iglesia Católica ya
afirmaba la doctrina del Purgatorio, apoyada en el patrimonio judío de los
sufragios y de la creencia en la resurrección de los muertos.
EL
MAGISTERIO RECIENTE (CEC)
1030 Los que mueren en la gracia y en la amistad de Dios,
pero imperfectamente purificados,
aunque están seguros de su eterna salvación, sufren después de su muerte una purificación, a fin de obtener la
santidad necesaria para entrar en la alegría del cielo.
1031
La Iglesia llama Purgatorio a
esta purificación final de los elegidos que es completamente distinta del
castigo de los condenados. La Iglesia ha formulado la doctrina de la fe
relativa al Purgatorio sobre todo en los Concilios de Florencia (cf. DS 1304)
y de Trento (cf. DS 1820,1580). La tradición de la Iglesia, haciendo
referencia a ciertos textos de la Escritura (por ejemplo 1Co 3,15 1P 1,7)
habla de un fuego purificador:
Respecto
a ciertas faltas ligeras, es necesario creer que, antes del juicio, existe un
fuego purificador, según lo que afirma Aquél que es la Verdad, al decir que si
alguno ha pronunciado una blasfemia contra el Espíritu Santo, esto no le será
perdonado ni en este siglo, ni en el futuro (Mt 12,31). En esta frase podemos entender que algunas
faltas pueden ser perdonadas en este siglo, pero otras en el siglo futuro
(San Gregorio Magno, dial. 4, 39).
1032
Esta enseñanza se apoya también en la
práctica de la oración por los difuntos, de la que ya habla la Escritura:
"Por eso mandó [Judas Macabeo] hacer este sacrificio expiatorio en favor
de los muertos, para que quedaran liberados del pecado" (2M 12,46).
Desde los primeros tiempos, la Iglesia ha honrado la memoria de los difuntos y
ha ofrecido sufragios en su favor, en particular el sacrificio eucarístico (cf.
DS 856), para que, una vez purificados, puedan llegar a la visión
beatífica de Dios. La Iglesia también recomienda las limosnas, las indulgencias
y las obras de penitencia en favor de los difuntos:
Llevémosles
socorros y hagamos su conmemoración. Si los hijos de Job fueron purificados por
el sacrificio de su Padre (cf. Jb 1,5), ¿por qué habríamos de dudar de
que nuestras ofrendas por los muertos les lleven un cierto consuelo? No
dudemos, pues, en socorrer a los que han partido y en ofrecer nuestras
plegarias por ellos (San Juan Crisóstomo, hom. in 1Co, 41,5).
La doctrina Católica (cfr.
CEC 1030-32)
Quien
muere en gracia y amistad con Dios pero sin la purificación debida, debe sufrir
una purificación después de su muerte para poder entrar al Cielo.
El Purgatorio es la purificación final
(fuego purificador) de los elegidos, totalmente distinta al castigo de los que
están en el infierno.
Algunas faltas ligeras pueden ser perdonadas
durante la vida terrena y otras después de la muerte (cfr. Mt 12,31).
La doctrina sobre el Purgatorio se apoya en
los sufragios ofrecidos por los difuntos (cfr. 2M 12,46; Jb 1,5), como la Misa,
las limosnas, indulgencias y obras de penitencia.
CONCLUSIÓN
El Purgatorio es un estado del alma en
el mundo futuro para aquellos difuntos que, permaneciendo en amistad o comunión
con Dios, no se han purificado totalmente de los pecados veniales para gozar de
la visión beatífica. Esta doctrina fue definida en el siglo XVI en el Concilio
de Trento, pero tal definición tiene un fuerte apoyo bíblico, patrístico y
conciliar.
La doctrina de los Concilios ecuménicos,
desde el siglo XIII D. C., se apoya en los indicios bíblicos de los sufragios
ofrecidos desde el judaísmo y asumidos por el cristianismo naciente, además de
la fe en la resurrección de los muertos, revelada plenamente en Cristo. La
Patrística hasta el siglo VI D. C. ofrece argumentos en esa línea de
interpretación del judaísmo y del cristianismo naciente, además de hablar del
fuego purificador.
El difunto en ese estado de purificación
final, previa al Juicio Final o Parusía, sufrirá así hasta quitar cualquier
vestigio de apego al mal o imperfección del alma, es decir, cualquier reliquia
de pena temporal, para que pueda entrar en plena comunión con el Dios Uno y
Trino. La purificación que sufren los difuntos en el Purgatorio es distinta al
castigo del Infierno. Es una purificación en el Fuego del Amor mismo de Dios,
siendo conscientes los difuntos de llegar posteriormente a la plena comunión
con Él.
Los que aún peregrinamos podemos ayudar
a los difuntos, en virtud de la comunión de los santos, por medio de los
sufragios: el sacrificio eucarístico, las oraciones, limosnas, penitencias,
obras de misericordia, indulgencias, pues remiten la pena temporal de los
pecados de ellos. Esto fortalece nuestra esperanza teologal que nos invita a
ser solidarios aquí y en la vida eterna.
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